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NOTA INFORMATIVA MUY IMPORTANTE

Se informa a las personas usuarias del servicio de citas presenciales y telefónicas para la realización de consultas con los distintos departamentos municipales, en relación con asuntos de competencia municipal, que la información que pueda facilitar el personal municipal en dichas consultas tiene carácter meramente orientativo y no constituye ni un informe ni un pronunciamiento administrativo.

En consecuencia, el contenido de estas consultas no tiene carácter vinculante y no condiciona por sí mismo el sentido de las resoluciones que, en su caso, se adopten en los expedientes municipales que puedan tramitarse de oficio o a instancia de parte, conforme a la normativa aplicable.

Se recuerda que, cuando se pretenda obtener una respuesta formal en los supuestos en que la normativa exija un cauce específico, la consulta debe presentarse por escrito, a través de los medios de registro y canales electrónicos habilitados al efecto por este ayuntamiento.

Asimismo, se informa que, por razones de protección de datos y confidencialidad, las consultas telefónicas o presenciales no podrán ser grabadas por ningún medio o soporte (audio o video) sin la autorización previa y expresa de la Administración y que el incumplimiento de esta condición podrá suponer, en su caso, la comisión de las infracciones previstas en las normas administrativas y penales.

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AVISO

Le informamos que es posible acudir al Servicio de Atención Ciudadana SIN CITA previa EXCEPTO PARA los siguientes asuntos:

  • Empadronamiento (altas y cambios de domicilio)
  • Obtención Firma Digital

Para el resto de asuntos, si acude sin cita se le atenderá respetando el turno de las citas ya previstas para ese día.
No obstante, le recomendamos el uso de la cita previa para evitar esperas innecesarias.

Cada cita servirá únicamente para atender un único trámite. Si desea atender más de un trámite deberá pedir una cita para cada uno de ellos.

Si al acudir a la cita le falta documentación requerida, deberá pedir otra cita para completar el trámite con toda la documentación.

El tiempo de cortesía será de 5 minutos máximo. Si acude más tarde no se le podrá atender para no retrasar citas posteriores a la suya.

Recordamos que según establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo por lo que deben dirigirse a https://sede.burjassot.org.

Programación y mantenimiento: Departamento de Informática del Ayuntamiento de Burjassot